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Grupo de Control Interno Disciplinario
11-05-2023
 

 Grupo de Control Interno Disciplinario

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​​​​Grupo de Control interno disciplinario

Código de integridadNormatividad relacionadaEstructuraGestión del conocimientoEstados electrónicos 


¿Quiénes Somos?

Somos un Grupo de Trabajo de la Secretaría General, cuyo Coordinador es el encargado de iniciar y tramitar la Primera Instancia (Etapa de Instrucción) de los Procesos Disciplinarios, adelantados contra los Servidores Públicos de los niveles asistencial, técnico, profesional (universitario y especializado) y asesor (hasta el grado 06).

El Secretario General será el competente para conocer en Primera Instancia (Etapa de Instrucción) de los Procesos Disciplinarios adelantados contra los Servidores Públicos del nivel asesor (del grado 07 y ascendentes), los Directores y Jefes de Oficina.


Generalidades que debemos conocer del Código General Disciplinario


Funciones

    1. Proponer a la Secretaría General las medidas de prevención, los programas y las estrategias de divulgación orientadas a la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de Integridad y, General Disciplinario.
    2. Apoyar y ejercer la función disciplinaria en Etapa de Instrucción y aplicar el procedimiento con sujeción a las disposiciones, facultades y competencias establecidas en la ley disciplinaria.
    3. Conocer, sustanciar e instruir de oficio, por denuncia, queja o informe de servidor público, los procesos disciplinarios en Etapa de Instrucción que se promuevan en contra de servidores y exservidores de La entidad, de conformidad con el Código General Disciplinario.
    4. Fijar procedimientos operativos para garantizar que los procesos disciplinarios en Etapa de Instrucción se desarrollen dentro de los principios de economía, celeridad, eficacia, e imparcialidad y publicidad, salvaguardar el derecho de defensa y el debido proceso.
    5. Informar a la Procuraduría General de la Nación, la apertura de las investigaciones disciplinarias, para lo de su competencia, teniendo en cuenta las normas que rigen la materia.
    6. Notificar y comunicar las decisiones que se adopten en la Etapa de Instrucción, especialmente informar que, notificado el pliego de cargos, el proceso continuará en otra dependencia, con base en las funciones y competencias de la Entidad y el régimen disciplinario vigente.
    7. Remitir a la Oficina Asesora Jurídica, los procesos disciplinarios en los que se dicte pliego de cargos, debidamente notificados, de acuerdo con la normatividad vigente.
    8. Mantener, custodiar y actualizar los archivos y registros de los procesos disciplinarios, en concordancia con la gestión de la información de la Entidad.
    9. Presentar informes de sus actuaciones a los Organismos de Control, cuando sean requeridos, con base en los procesos institucionales.
    10. Reportar la información relacionada con su gestión, en los sistemas de información que disponga el Ministerio.
    11. Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

    12. Participar en la implementación de las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) del Ministerio que le sean asignadas, así como apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional de la Entidad.
    13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.


Directorio

Las instalaciones de la oficina del Grupo de Control Interno Disciplinario de la Secretaría General, se encuentran ubicadas en la Carrera 9 #8-31, piso 1, Palacio Echeverri, Bogotá D.C.​


María Camila Cotamo Jaimes
Coordinadora Grupo Control Interno Disciplinario
Tel: (601) 3424100 extensión 1121


Sebastián Darío Pineda Bernal
Técnico Grupo Control Interno Disciplinario 
Tel: (601) 3424100 extensión 1123​
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