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2014-05-20
 

 Día Internacional de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo

 
Fotos: Juan David Padilla
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El reconocimiento de la diversidad cultural en Colombia ha sido quizá uno de los pasos más importantes para el desarrollo cultural de nuestra sociedad que se hizo a partir de la Constitución de 1991 .


Relevancia Cultural

El reconocimiento de la diversidad cultural en Colombia ha sido quizá uno de los pasos más importantes para el desarrollo cultural de nuestra sociedad. Aunque la diversidad cultural colombiana siempre ha existido y ha sido constitutiva de nuestras tradiciones culturales, el reconocimiento legal que se hizo a partir de la Constitución de 1991 ha traído una serie de beneficios tangibles e intangibles a nuestra sociedad.

El diálogo cultural que genera la diversidad permite que la sociedad comparta varias visiones de mundo y así establezca relaciones basadas en la tolerancia y el respeto a los otros. Las sociedades que aceptan su diversidad suelen también ser sociedades más pacíficas y con más elementos y herramientas para resolver sus conflictos.

El llamamiento que desde la UNESCO se hace para el Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo, tiene una definida pertinencia para Colombia, puesto que parte de nuestros conflictos sociales radican en la falta de conocimiento que tenemos  de nuestra historia como sociedad. En este sentido,  las reflexiones sobre la diversidad cultural son a su vez reflexiones sobre la construcción de identidad nacional  y sobre cómo esta diversidad puede ser un eje fundamental para el desarrollo de nuestra sociedad.  


Historia


​Mientras el mundo aún no salía de su asombro por el ataque terrorista que sufrió los Estados Unidos el 11 de septiembre de 2001 y que en parte mostraba la peor cara de los desacuerdos entre culturas, la UNESCO le planteaba al mundo una ambiciosa declaración que destacaba la diversidad cultural y proponía el diálogo cultural como una estrategia para fomentar la paz y desarrollo mundial.

Aunque el contexto histórico no parecía el más adecuado para adelantar esta declaración, la UNESCO logró un apoyo unánime de sus miembros  y  más adelante  este planteamiento fue reconocido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 2002.

Según la UNESCO “La Declaración aspira a preservar ese tesoro vivo, y por lo tanto renovable, que es la diversidad cultural, diversidad que no cabe entender como patrimonio estático sino como proceso que garantiza la supervivencia de la humanidad; aspira también a evitar toda tentación segregacionista y fundamentalista que, en nombre de las diferencias culturales, sacralice esas mismas diferencias y desvirtúe así el mensaje de la Declaración Universal de Derechos Humanos”. (UNESCO, 2001)


Herramientas de protección


La idea de plantear el diálogo cultural como garante de la paz y negar el choque de las culturas y las civilizaciones como el nuevo escenario de las relaciones entre Estados y culturas, fue planteado por la UNESCO en  su Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural suscrita en el año 2001. Este principio fue reconocido más adelante por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 57/249 de 2002, la cual reconoce los esfuerzos de la UNESCO en este aspecto y extiende la invitación a todos los países miembros de las Naciones Unidas.

En cuanto a nuestro país, la diversidad cultural está consagrada en varios artículos de La Constitución política de 1991. Para empezar, reconoce la igualdad de todas las culturas existentes en el país (Art. 7), determina que el Estado debe proteger las riquezas culturales de la nación (Art. 8) y establece que Colombia es un Estado pluralista (Const. Col., art. 1).

De igual forma, la Carta Política le da a las minorías culturales derechos de autogobierno (Arts. 246, 286, 287, 290, 321, 329, 330), derechos de representación especial (Arts. 171, 176) y derechos que les dan herramientas para salvaguardar sus legados culturales (Arts. 10, 68).

En cuanto a las leyes, su enfoque ha estado dirigido hacia el reconocimiento de la propiedad colectiva y de los derechos sobre la tierra de las comunidades indígenas y afro descendientes. Tal es el caso  de la  Ley 70 de 1993, la cual  “reconoce a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción y el derecho a la propiedad colectiva… Así mismo tiene como propósito establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana.”. (Ley 70, 1993).

Bajo este mismo enfoque, podemos encontrar la Ley 21 de 1991 la cual “aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado   por la 76a. reunión de la Conferencia General de la O.I.T.,  Ginebra 1989” ( Ley 21, 1991). Esta Ley establece un articulado dirigido a articular las nociones de propiedad, identidad y cultura, haciendo énfasis en la autonomía de las comunidades indígenas y tribales, al igual que en la importancia de considerar las características económicas, sociales y culturales de cada comunidad en todas las decisiones de orden jurídico económico o político que las afecte.

Por último,  es preciso mencionar la Ley 99 de 1993,  la cual establece que la explotación de los recursos naturales debe hacerse sin desmedro de la identidad cultural, social y económica de las comunidades indígenas y negras, para lo cual, a través del artículo 76, determina que las decisiones se deben tomar previa consulta a los representantes de dichas comunidades, teniendo en cuenta que han desarrollado relaciones sociales, culturales y económicas con los recursos naturales.


Estadísticas Relacionadas 


​Al establecerse constitucionalmente la diversidad cultural en Colombia en el año de 1991, se reconoció la riqueza cultural de nuestro país y se inició el camino hacia el diálogo intercultural. Según el censo general llevado a cabo por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE “en Colombia residen 1.392.623 indígenas que corresponden al 3,43% de la  población del país; los afrocolombianos  son 4.311.757 personas, el 10,62% del  total y el pueblo Rom o gitano está conformado por 4.858 personas que representan el 0,01% de la población total del país, lo que quiere decir que un poco más del 14% de la población se identifica como indígena, afro –descendiente o Rrom  ( DANE, 2007: 37)

Según el documento Colombia una nación multicultural  publicado por el DANE en el año 2007, en Colombia residen 87 pueblos indígenas  identificados plenamente; junto con personas pertenecientes a los otavaleños y  a otros pueblos indígenas de Ecuador, Bolivia, Brasil, Guatemala, México. Perú y Venezuela. El proceso de afianzamiento e identidad cultural ha conducido a que algunas personas se reconozcan como pertenecientes a etnias ya extinguidas como los Tayronas, Quimbayas, Calimas, Chitareros y Panches ( DANE, 2007: 20)

De igual forma, este documento indica que  en la actualidad existen 710 resguardos titulados  ubicados en 27 departamentos y en 228 municipios del país, que ocupan una extensión de aproximadamente 34 millones de hectáreas, el 29,8% del territorio nacional ( DANE, 2007: 23)

En cuanto a la población afro descendiente,  este informe indica que la población ubicada en el corredor del pacífico colombiano reside en  132 Territorios Colectivos de Comunidades Negras titulados hasta el día de hoy, los cuales ocupan un territorio de 4.717.269 hectáreas que corresponde al 4,13% de las tierras del país.  ( DANE, 2007: 23)

El DANE muestra también en este informe que Los departamentos con mayor porcentaje de afrocolombianos son Chocó, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Valle, Bolívar y Cauca. Los que concentran aproximadamente el 50% de la población afro del país son: Valle del Cauca, Antioquia y Bolívar. Así como en las ciudades de  Cartagena, Cali, Barranquilla, Medellín y Bogotá reside el 29,2% de dicha población. ( DANE, 2007: 24)​
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