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Dirección de Artes

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La Dirección de Artes es la instancia del sector público nacional encargada de la concertación, diseño e implementación de las políticas, planes, programas y proyectos que propician la valoración social, la práctica, la expresión, los saberes y el disfrute de las artes como un derecho de toda la ciudadanía colombiana.  

Se creó en 1997 para impulsar la democratización, descentralización y desarrollo del sector dancístico, musical, teatral, de las artes plásticas y visuales, del circo y de la educación artística, así como el reconocimiento de las manifestaciones híbridas, transdisciplinares, propias, de los grupos poblacionales y de las ciudadanías creativas. Se parte de la concepción del principio transformador de las artes y de la garantía y goce de los derechos culturales como eje fundamental para la construcción de paz y de desarrollo local y nacional. 

La Dirección de Artes pone en el centro los diferentes espacios y mecanismos de participación, entre los que destacan los Consejos Nacionales de Áreas Artísticas y el relacionamiento constante con las organizaciones comunitarias y territoriales. ​


​A partir del Decreto 2120 de 2018, son funciones de la Dirección de Artes, las siguientes: 

  1. Asesorar al viceministro de las Artes y la Economía Cultural y Creativa en la formulación de política para el desarrollo cultural del país, en las áreas de la creación artística, que garanticen la libertad de creación y la atención de la diversidad étnica, ideológica, social y cultural del país. 

  2. Diseñar y proponer al viceministro de las Artes y la Economía Cultural y Creativa los programas y proyectos artísticos a incluir en el Plan Nacional de Desarrollo que reconozcan y fortalezcan los procesos de creación, producción, circulación y acceso a la creación artística, así como las formas inéditas de expresión creativa, las nuevas propuestas experimentales y multidisciplinarias vinculadas con la educación y la investigación artística. 

  3. Ejecutar los programas y proyectos en las materias de competencia de la Dirección. 

  4. Apoyar los procesos de descentralización de la gestión cultural en lo que se refiere al fomento de las artes. 

  5. Proponer al viceministro de las Artes y la Economía Cultural y Creativa proyectos de investigación y de formación para los diferentes agentes de la cadena artística de los subsectores creativos en artes. 

  6. Diseñar estrategias que permitan ampliar las oportunidades de acceso a las diversas manifestaciones artísticas a todos los sectores de la población, impulsar la formación de públicos y generar una mayor participación de los ciudadanos en la vida cultural del país. 

  7. Fomentar la actividad artística nacional, en sus diversas manifestaciones, a través de programas de divulgación, difusión y comercialización, en el nivel nacional e internacional. 

  8. Promover y fomentar, en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de Trabajo, la formación artística, con el objeto de ampliar y formalizar la oferta en sus distintos niveles. 

  9. Proponer y coordinar la implantación del componente artístico en las agendas de municipios, ciudades y regiones creativas, que incluya la identificación y caracterización de las Territorios culturales, creativos y de los saberes. 

  10. Diseñar y dirigir acciones que permitan la democratización de las oportunidades de goce y disfrute de las expresiones y manifestaciones artísticas. 

  11. Fomentar los procesos de organización y de gestión colectiva del sector artístico. 

  12. Impulsar programas y actividades de interés público acorde con el Plan Nacional de Cultura y los Planes Territoriales, dirigidos a fomentar el talento nacional. 

  13. Calificar en forma previa la naturaleza artística de las actividades para las cuales se solicita el otorgamiento de exenciones, descuentos tributarios y demás ventajas de orden fiscal, que sean adoptados por el Gobierno Nacional. 

  14. Adelantar gestiones y atender las obligaciones derivadas de convenios e intercambios internacionales en materia artística. 

  15. Garantizar la información oportuna y veraz que permita la actualización permanente del sistema de información del sector. 

  16. Coordinar la administración de los recursos de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas prevista en la Ley 1493.

  17. Adelantar las acciones para que la información de competencia de la Dirección sea suministrada en forma oportuna y veraz a las instancias encargadas de administrarla al interior del Ministerio. 

  18. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia, que le sean asignadas.

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