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2017-03-24

El Archivo General de la Nación realiza visita de control a la Registraduría de Ciénaga

 
Fotos cortesía Archivo General de la Nación
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 <div class="ExternalClassB4DA14DE56B5486391A62391AAA331F7">Una comisión del AGN, adelanta visita de control a la sede de la Registraduría Especial del Estado civil en el municipio de Ciénaga Magdalena, para establecer la afectación de los archivos a raíz del incendio ocurrido el 15 de marzo.</div>

Ante los hechos denunciados sobre la presunta pérdida de archivos públicos y debido a la conflagración que arrasó con archivos que reposaban en la Registraduría Especial del Estado civil de Ciénaga, el AGN en uso de sus facultades de inspección y vigilancia realizó el 23 y 24 de marzo, una visita de control con el objeto de verificar el estado de conservación de la documentación que reposa en la sede de la entidad en mención.

Durante dicha inspección se estableció  que la información afectada corresponde al archivo electoral, archivos alfabéticos de cedulas de ciudadanía y tarjetas de identidad, informes de producción de consignaciones, recaudo por trámite de registro civil, antecedentes del registro civil de nacimiento, matrimonio y defunción, entre otros.

Yenny Gasca, coordinadora del Grupo de Inspección y Vigilancia del AGN, afirmó que también se pudo constatar que no hubo afectación en libros de registros civiles de nacimiento correspondientes a 197 tomos aproximadamente con fechas extremas 1995 al 2017; en libros de registros civiles de matrimonio: 5 tomos, 1 folder con fechas extremas 1999 a 2017; en registros civiles de nacimiento (hospitales); tarjetas de identidad y cedulas de ciudadanía originales pendientes por reclamar por los ciudadanos y en formatos de los registros civiles los cuales contienen números seriales, por citar algunos casos.

Es importante señalar que siendo los archivos  herramientas insustituibles para documentar los derechos de los ciudadanos, el AGN emitió el Acuerdo 007 de 2014 “por medio del cual se establecen los lineamientos para la reconstrucción de expedientes y se dictan otras disposiciones”, norma que para tales efectos, deben acatar todas las entidades  responsables de dar cumplimiento a la Ley General de Archivos y ley Estatutaria de Transparencia y Acceso a la Información.



Es por ello, que para que se tomen los correctivos inmediatos para la protección de los archivos, frente a la materialización del riesgo a causa del incendio y se adopten las correspondientes medidas tanto preventivas como correctivas, el AGN impartirá órdenes que de no ser cumplidas darán lugar al inicio de las actuaciones administrativas sancionatorias, de conformidad con las facultades conferidas al Archivo General de la Nación en el artículo 35 de la Ley 594 del 2000, afirma el Director Armando Martínez Garnica.

Es de anotar que el AGN queda atento a los resultados de la investigación que adelanta el CTI de la Fiscalía, con el objeto de establecer las causas del incendio, toda vez que en atención a lo establecido en el literal b) del artículo 35 de la Ley 594 del 2000, se debe tener en cuenta que: “Las faltas contra el patrimonio documental serán tenidas como faltas gravísimas cuando fueren realizadas por servidores públicos, de conformidad con el artículo 25 de la Ley 200 de 1995”.

Información para periodistas, comuníquese con:

Archivo General de la Nación - AGN
Dania Asprilla Yurgaqui
Comunicadora Archivo General de la Nación 
Cel. 3125182246

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