Bogotá D.C., 18 de agosto de 2026(@Mincultura). Este martes, el Ministerio de Cultura expidió la Resolución 0536 de 2026, por medio de la cual autoriza la intervención en modalidad de primeros auxilios y acciones urgentes a los Bienes de Interés Cultural y Centros Históricos ubicados en zonas afectadas por el sismo que se registró el pasado 10 de agosto e identificados por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo o la autoridad competente.
“Es muy importante que sigamos esta Resolución que desde el Ministerio de Cultura autoriza lo que es de carácter estrictamente preventivo, temporal y de emergencia, donde además se limitan las acciones para garantizar que vamos a salvaguardar los bienes patrimoniales y la seguridad de las personas que realicen sus adecuaciones. De nuevo nuestra solidaridad con todas las personas damnificadas. Recuerden que no están solas”, señaló la ministra de Cultura, Paola Holguín.

Fotos: CañasGordas exterior y segundo piso - Cali
Este documento especifica cuáles son las acciones autorizadas sobre los Bienes de Interés Cultural y la ruta que debe existir para su recuperación durante esta emergencia:
Retiro controlado y/o protección de elementos o materiales sueltos que representen riesgo inminente de caída o desprendimiento.
Apuntalamiento de muros, placas u otros elementos constructivos mediante la instalación de elementos temporales de apoyo para estabilización.
Protección provisional de cubiertas, vanos, elementos decorativos u otros componentes expuestos a la intemperie.
Instalación y/o disposición de cerramientos temporales para garantizar la seguridad ante saqueos y/o vandalismo.
Instalación temporal de elementos de señalización preventiva y elementos para prevenir acceso a áreas que representen riesgo para las personas.
Protección, embalaje y almacenamiento temporal de bienes muebles asociados a inmuebles patrimoniales, que estén sueltos, caídos o desprendidos, o en riesgo de pérdida.
Acciones de limpieza, sin productos químicos, y sin afectar su materia original, su forma, integridad y características funcionales, ornamentales, estéticas, formales y/o volumétricas.
Contención de tierras y control de humedades que puedan incrementar los deterioros o afectaciones en los bienes.
Además, con el fin de salvaguardar edificios antiguos y hacerlos más resistentes ante posibles réplicas, se incluyen dentro de las actividades autorizadas:
Apuntalamiento de las partes desplazadas o fisuradas con maderas fijadas provisionalmente.
Relleno provisional de las grietas de los muros para aumentar la superficie de trasmisión de cargas.
Elementos constructivos de refuerzo entre la estructura dañada y otras estructuras o edificios para crear apoyo continuo entre bloques.
Foto: Escuela Apostólica - Santa Rosa
Este Ministerio aclara que la autorización tiene un carácter estrictamente preventivo, temporal y de emergencia, y se limita a las acciones señaladas. Por lo tanto, las medidas autorizadas tendrán un plazo de ejecución de seis meses, y no se autoriza realizar acciones de demolición, reparación, reforzamiento estructural definitivo, reconstrucción, ampliación, restauración ni modificación de los sistemas estructurales del inmueble o cualquier otra intervención que exceda las medidas necesarias para atender la emergencia.
Quienes desarrollen las adecuaciones autorizadas, deben realizar un registro previo y un informe que incluya fotografías sobre los trabajos adelantados y los elementos retirados, desmontados o asegurados temporalmente, el cual debe ser remitido al correo electrónico [email protected] hasta un mes después de haber culminado las adecuaciones.
En caso de identificar situaciones que impliquen un riesgo mayor para la estabilidad del inmueble o para las personas responsables de los trabajos, se deben suspender las actividades y poner la situación en conocimiento de la Dirección de Patrimonio y Memoria del Ministerio de Cultura.

Foto: Escuela Apostólica - Santa Rosa