Inicio de sesión

Gobierno reglamenta la Ley No Más Olé y fija condiciones para eventos taurinos en el país

Compartir Compartir en facebook Compartir en X Compartir en Whatsapp

La reglamentación desarrolla la Ley 2385 de 2024, fortalece la protección animal, prohíbe la participación e ingreso de menores de edad y refuerza los mecanismos de vigilancia y control en todo el país. 

17-07-2026
Ley No Más Olé

​​​​​

Bogotá, 17 de julio de 2026 (@MinAmbienteCo @MinCulturas). El Gobierno Nacional, a través de los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de las Culturas, las Artes y los Saberes, expidió el decreto 0703 del 7 de julio de 2026 que reglamenta las condiciones para la realización de corridas de toros, rejoneos, novilladas, becerradas y tientas durante el período de transición establecido por la Ley 2385 de 2024, conocida como la Ley No Más Olé, que prohibirá definitivamente estas prácticas en Colombia a partir de julio de 2027. 

La nueva reglamentación desarrolla uno de los mandatos centrales de la Ley No Más Olé, iniciativa impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro y construida junto con organizaciones defensoras de animales y el Congreso de la República, con el propósito de promover una transformación cultural basada en el respeto por la vida animal y avanzar hacia la eliminación de espectáculos que implican maltrato y sufrimiento de seres sintientes. 

El decreto establece los estándares de bienestar y protección animal para los eventos que puedan realizarse durante los años restantes de transición, en cumplimiento de lo ordenado por la Ley 2385. 

“Con esta reglamentación el Gobierno del presidente Petro avanza en la implementación de la Ley No Más Olé, dando un paso definitivo que reconoce a los animales como seres sintientes y fortalece una cultura de respeto por la vida. La transición hacia el fin de la tauromaquia debe darse bajo criterios estrictos de bienestar animal y transparencia”, aseguró la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e), Irene Vélez Torres. 

La Ley No Más Olé estableció un período de transición de tres años para permitir la reconversión económica de las personas vinculadas a la actividad taurina y la transformación progresiva de las plazas de toros en espacios para actividades culturales, artísticas, deportivas y comunitarias. Este decreto constituye una herramienta fundamental para garantizar que dicho proceso se realice bajo estrictas condiciones de protección animal y control institucional. 

“El Ministerio de Ambiente y de las Culturas han complementado tres capítulos de la reglamentación: reconversión de plazas de toros, reconversión de oficios y procesos pedagógicos para involucrar nuevos ecosistemas en las plazas de toros”, dijo Yannai Kadamani, ministra de las Culturas, las Artes y los Saberes. 

La normativa también establece que las corridas de toros, rejoneos, novilladas, becerradas y tientas únicamente podrán ser autorizadas en municipios o distritos donde exista una tradición regular, periódica e ininterrumpida de estas actividades desde el año 2010. 

Para ello, los organizadores deberán acreditar documentalmente la realización continua de estos eventos durante los últimos años y obtener la autorización de las autoridades territoriales competentes. 

Asimismo, se ratifica que ningún municipio o departamento podrá destinar recursos públicos para financiar actividades taurinas ni para construir o adecuar infraestructura destinada a estos espectáculos.

Ley No Más Olé


Protocolo de bienestar animal 

El decreto incorpora medidas orientadas a prevenir el sufrimiento de los animales durante las diferentes etapas de los eventos taurinos. 

Entre las principales disposiciones se encuentran: 

  • Prohibición del uso de elementos, instrumentos y prácticas que causen dolor durante el transporte, manejo, cargue y descargue de los animales, y durante el espectáculo. 

  • Certificación veterinaria obligatoria para verificar el estado físico de los ejemplares antes del evento. 

  • Presencia permanente de equipos veterinarios especializados durante todas las fases de la actividad. 

  • Garantía de acceso a agua, alimentación y condiciones adecuadas de alojamiento. 

  • Retiro inmediato de animales que presenten lesiones graves, sufrimiento extremo o condiciones incompatibles con los estándares mínimos de bienestar animal. 

Además, las autoridades territoriales deberán realizar seguimiento permanente al cumplimiento de las medidas sanitarias y de protección animal, dejando evidencia documental y fotográfica de las inspecciones realizadas. 

Por otro lado, la reglamentación prohíbe la participación de personas menores de 18 años en cualquier actividad taurina. Esta medida también prohíbe que niños, niñas y adolescentes actúen como toreros, novilleros, banderilleros, rejoneadores, aprendices o practicantes. 

De igual manera, el decreto prohíbe el ingreso de personas menores de 18 años como espectadores a corridas de toros, novilladas, becerradas, rejoneos y tientas, en concordancia con las recomendaciones de organismos internacionales de protección de la infancia y los derechos de los niños y las niñas. 

Como parte de la implementación de la Ley 2385, el Gobierno impulsará procesos de formación y asistencia técnica para promover la transformación progresiva de las plazas de toros en escenarios destinados a actividades culturales, artísticas, deportivas y comunitarias.​​

Ley No Más Olé

VER MÁS NOTICIAS