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30-03-2023

Entidades territoriales ya pueden inscribir a creadores y gestores culturales al Programa de Beneficios Económicos Periódicos - BEPS del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes

BEPS
 
 
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 Hasta el 10 de abril los alcaldes, secretarios de hacienda y responsables de cultura de ciudades y municipios que cuenten con Estampilla Procultura podrán registrar a los posibles beneficiarios.

  • ​​Esta convocatoria busca mejorar la calidad de vida de aquellas personas que dedicaron trayectoria laboral a la gestión cultural con un beneficio económico vitalicio, administrado por Colpensiones.
  • Hasta el 10 de abril los alcaldes, secretarios de hacienda y responsables de cultura de ciudades y municipios que cuenten con Estampilla Procultura podrán registrar a los posibles beneficiarios.
  • En pasadas inscripciones se han beneficiado 12.051 artistas a través de transferencias realizadas por 826 Alcaldías y 24 Gobernaciones, para un total de $345.566 millones de pesos entregados.

Bogotá D.C. 30 de marzo de 2022 (@mincultura). El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes – Mi CASa, a través de la Dirección de Fomento Regional, reafirma su compromiso con la justicia social de nuestro país, por medio de la dignificación y el reconocimiento de los artistas, creadores y gestores culturales que le han entregado su vida a Colombia. Por eso, hasta el 10 de abril se tendrá habilitada la plataforma de registro de información de los creadores y gestores culturales interesados en acceder al Programa de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS.

Los responsables de cultura podrán enfocar la inscripción en dos modalidades. La primera es la anualidad vitalicia, en la que el beneficiario del Servicio Social Complementario accede a la asignación de una suma mensual, que será entregada cada dos meses hasta su fallecimiento.

La otra modalidad es motivación al ahorro, mediante la cual los creadores y gestores culturales que no tengan la edad para acceder a la anualidad vitalicia pueden recibir como beneficio un monto destinado al ahorro, siempre y cuando se encuentren afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o sean Beneficiarios del Régimen Contributivo en Salud.

Los municipios y distritos son quienes deberán identificar a los creadores y gestores culturales que tengan domicilio principal en sus territorios. Así mismo, les corresponde a las alcaldías la acreditación de la condición de creador o gestor cultural y la verificación de la documentación de cada una de las personas identificadas, con el fin de corroborar el cumplimiento de los requisitos estipulados.​

¿Cómo postularse?

Una vez realizada la identificación y acreditación, cada entidad territorial deber hacer el registro de datos de las personas en la plataforma dispuesta por el Ministerio: http://sifo.mincultura.gov.co/IGC/#/login Para este fin los municipios deben contar con usuario y contraseña de acceso, en caso de no tenerlo se debe enviar una solicitud desde una cuenta institucional al correo b[email protected] con el asunto “Creación usuario decreto 2012”.

Adicionalmente, deberán enviar NIT del municipio, nombre de la persona designada para el registro de la información correspondiente, cargo que tiene en la alcaldía, cédula de ciudadanía, número de celular y correo electrónico institucional.

De igual manera, al usuario designado del municipio le corresponde verificar y actualizar, en caso de ser necesario, la información correspondiente a registros de periodos anteriores, a excepción del número de cédula y los nombres del posible beneficiario, ya que estos datos solo pueden ser actualizados por el Ministerio. 


¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?​

  • Ser colombiano

  • Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

  • El creador o gestor cultural se postulará en el lugar de residencia.

  • Tener mínimo 62 años si es hombre y 57 años si es mujer. (Modalidad anualidad vitalicia).

  • Percibir ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.

  • Estar afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como beneficiarios del Régimen Contributivo de Salud.

  • Que se acredite la condición de gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos establecidos por el Ministerio de Cultura.​


Sobre los BEPS​

Es un programa que se desarrolla en el marco de la implementación del Decreto 2012 de 2017, que establece la manera en cómo se invierten los recursos provenientes del 10% del recaudo de la Estampilla Procultura que -según la Ley 666 de 2001- se deben destinar para la seguridad social del creador y gestor cultural.

A la fecha y como resultado del trabajo articulado entre el Ministerio de Cultura, las entidades territoriales y Colpensiones, el 94% de municipios del país han realizado el registro de creadores y gestores culturales, y se han beneficiado 12.051 personas a través de la transferencia realizada a Colpensiones por 826 alcaldías y 24 gobernaciones, para un total de 345.566 millones de pesos.

Para más información, contactarnos a través del correo [email protected]. Consulta aquí el Manual Operativo del Decreto 2012 del 30 de noviembre del 2017 – Decreto 823 del 26 de julio de 2021.

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