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 ​ Autorización de Exportación de Bienes Culturales Muebles

Descripción

Autorización de Exportación de Bienes Culturales Muebles

Trámite en línea para la exportación sin restricción y temporal de patrimonio cultural mueble

El propósito de el tramite es el concepto para la autorización de salida del país de los bienes culturales muebles y los de interés cultural, estos últimos con el propósito de exhibición al público, estudios científicos o intercambio entre entidades.


Litografía en color, por Ramón Torres Méndez, 1878.Foto. Museo Nacional de Colombia


El patrimonio cultural bien mueble de interés cultural son bienes tangibles que dado su propio peso y constitución, independientemente de su soporte y condición material, son susceptibles de ser trasladados de un lugar a otro (así no hayan sido concebidos para tal fin) y cuentan con un acto de declaratoria de los ámbitos nacional, departamental, distrital o municipal.

Entre estas categorías figuran todos aquellos bienes elaborados antes de 1920 que correspondan a pinturas, dibujos y esculturas, placas conmemorativas, fotografías, grabados, litografías y planchas originales, objetos litúrgicos y utilitarios, indumentaria religiosa y secular, mobiliario religioso y doméstico, objetos científicos, instrumentos musicales, armas, sellos de correo y fiscales, inscripciones, monedas, billetes, sellos grabados y medallas, así como el material bibliográfico y hemerográfico.

Fundamento Legal

​La Ley 1185 de 2008 por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997 define que “…son Bienes de Interés Cultural del ámbito Nacional los declarados como tales por la ley, el Ministerio de Cultura o el Archivo General de la Nación, en lo de su competencia, en razón del interés especial que el bien revista para la comunidad en todo el territorio nacional...”. (Ley 1185 de 2008, Artículo 5°, que modifica el Artículo 8° de la Ley 397 de 1997).​

Principales normas que regulan el trámite

  • La Ley 1185 de 2008: Por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997:
  • Ley_397: ley general de cultura (Artículo 11 modificado por artículo 7 de la ley 1185).
  • Decreto 763 de 2009: Por el cual se reglamenta parcialmente lo correspondiente al patrimonio cultural de la Nación de naturaleza material.

Legislación para bienes muebles

Información ejecución

El tramite solo puede ser realizado desde el aplicativo Sinic (en la pestaña "realice su trámite aquí" encontrara el link).

Observaciones y excepciones al tiempo de objeción:

  • Los días hábiles se contaran a partir del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente.  (5 días hábiles).
  • Para las solicitudes de exportación temporal, el tiempo de respuesta puede variar de acuerdo con el suministro de información por parte de las entidades requeridas por el Ministerio de Cultura.
  • Para el caso de autorizaciones temporales de colecciones pertenecientes a entidades particulares, las cuales requieren celebración de contrato estatal, el tiempo de obtención estará supeditado a la celebración del mismo.
  • Las solicitudes de autorización que a criterio del Ministerio de Cultura requieran de inspección física, la expedición de la autorización se contará a partir de la evaluación por parte del funcionario.

Asesoría:

El Grupo de Bienes Culturales Muebles de la Dirección de Patrimonio podrá brindarle la asesoría que requiera comunicándose con la restauradora de bienes muebles ADRIANA MARTÍNEZ RUÍZ.

  • Teléfono: 3424100 ext. 1570 en Bogotá
  • Correo electrónico: [email protected]
  • Horario de atención: lunes, miércoles y viernes, 9:00 a.m. a 12:00 m.

Otros datos sobre el trámite:
  • Valor: No tiene costo (El tramite se realiza en línea desde  la pestaña "Realice aquí su trámite"
  • Forma de pago:  No aplica
  • En cualquier momento

Dirigido a

Si usted como ciudadano, sea persona natural o jurídica, instituciones públicas, organizaciones y extranjeros desea obtener la aprobación del Ministerio de Cultura para exportar bienes culturales muebles, deberá obtener autorización para dichos fines de parte del Ministerio de Cultura.

Clasificación temática

Estados del trámite

Usted debe tener en cuenta que el aplicativo tiene definido los siguientes  estados, los cuales podrá visualizar una vez se surta cada paso del proceso del  ingreso de su solicitud en  línea.

 

Guardada:

Este estado permite al usuario tener permisos para ingresar  cuantas veces sea necesario para concluir el trámite, ya sea para diligenciar los campos obligatorios que falten o para ingresar los requisitos: el documento de  identidad y archivo fotográfico. En este estado la solicitud no ha sido enviada al Ministerio de Cultura.

 

Registrada:

Cuando el Ministerio de Cultura recibe la solicitud e inicia la  revisión y validación de la información y los requisitos.


Cuando la solicitud no cumpla con los requisitos y la información esté incompleta o incorrecta, será devuelta al correo electrónico del solicitante, la solicitud queda nuevamente en ESTADO GUARDADA. Cuando el usuario  realice los ajustes o modificaciones, debe volver a pulsar “Enviar al Ministerio”. La solicitud queda nuevamente “Registrada” y el Ministerio de Cultura inicia  nuevamente la evaluación.

Evaluación documental.  Cuando el Ministerio de Cultura revisa y valida los  requisitos (anexos) de la solicitud y las obras de arte.

Evaluación técnica: Cuando se estudia la información de la obra de arte o  bien cultural con relación a la fotografía anexa. El usuario recibe automáticamente una respuesta al correo registrado.

 

Concepto definitivo: Cuando se valida y aprueba la solicitud. El usuario  recibe la respuesta automática y puede ingresar a la solicitud por la pestaña de Reportes con el fin de imprimir a color los documentos.

 

Respondida: El aplicativo guarda una copia en el momento en que el usuario ha impreso los documentos, con el fin de proteger la  seguridad de la información aprobada.

¿Qué se necesita?

¿Cómo se realiza la solicitud?

Tramite en línea:

  • Consultar la Guía de Autorización de Exportación. haga Clic Aquí.
  • Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para el trámite.

Documentos

  • Documento de Identidad: Se debe adjuntar en formato JGP.
  • Fotografías  por cada uno de los Bienes Culturales Muebles que desea exportar las cuales deben ser  legibles, nítidas y que ilustren la totalidad del objeto,  deben estar  en formato JGP.

Solicitudes de autorizaciones temporales Bien de Interés Cultural

  • Ficha técnica con fotografía.
  • Fotocopia del documento de identidad o Nit.
  • Invitación. En caso de restauración, estudios científicos o de autoría, fuera del país, se deberá adjuntar certificación expedida por la institución o el profesional que va a realizar la intervención o el estudio en el exterior.
  • Standart Facilities Report.
  • Celebración de Contrato estatal.
  • Seguro de Clavo a Clavo.
  • Copia de la garantía de Reimportación (cuando aplique), Parágrafo del artículo 297 del Decreto 2685 de 1999. (Estatuto Aduanero).

Para las solicitudes valoradas como posibles Bienes de Interés Cultural (BIC), el Ministerio de Cultura podrá solicitar documentación adicional e inspección física, para lo cual el solicitante deberá acercarse a las instalaciones del Ministerio de Cultura, previa programación.

  •  Radicar ante el Ministerio, a través del aplicativo en línea,  la solicitud de autorización de exportación de bienes culturales muebles.

Medio de seguimiento

Consultas

Telefónico: 3424100 Ext 1570 y 1565 Horario de oficina

Consulta en línea: Para realizar la consulta en línea (24 horas del día)

Realice aquí su trámite

Para comenzar el trámite de autorización de exportación haga Clic sobre el icono el cual lo re direccionará al aplicativo SINIC (Sistema Nacional de Información Cultural).



 

 

Ministerio de Cultura

Calle 9 No. 8 31
Bogotá D.C., Colombia
Horario de atención:
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. (Días no festivos)

Contacto

Correspondencia:
Presencial: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada contínua
Casa Abadía, Calle 8 #8a-31

Virtual: correo oficial - [email protected]
(Los correos que se reciban después de las 5:00 p. m., se radicarán el siguiente día hábil)

Teléfono: (601) 3424100
Fax: (601) 3816353 ext. 1183
Línea gratuita: 018000 938081