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PORTAL ÚNICO DE LEY DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS 

DE LAS ARTES ESCÉNICAS


¿CUÁLES SON LOS ANTECEDENTES DE LA CADENA DE TRÁMITES – PORTAL ÚNICO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS —PULEP?

Con el propósito de fortalecer la implementación y cumplimiento de la Ley 1493 de 2011 en Colombia, el Ministerio de Cultura viene trabajando desde el año 2013 en la formulación e implementación de la cadena de trámites / portal único de espectáculos públicos de las artes escénicas, que tiene como uno de sus objetivos principales centralizar y coordinar los trámites a cargo de las autoridades públicas del ámbito nacional y territorial, competentes en la autorización, control y seguimiento a los espectáculos públicos de las artes escénicas  en Colombia.

La realización de la mencionada cadena de trámites fue aprobada en la sesión del Grupo de Racionalización y Automatización de Trámites del Gobierno Nacional –GRAT, realizada el día 17 de diciembre de 2013, en la cual participaron: la Vicepresidencia de la República, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –MinTic, el Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC, la Dirección Nacional de Derechos de Autor -DNDA y la Alcaldía Mayor de Bogotá.  

En 2014 se adelantaron los estudios técnicos requeridos (funcionales y no funcionales) para el desarrollo del PULEP, a partir de los cuales en  2015 se avanzó en la Etapa 1 de la Fase I del Portal, consistente en la integración de los trámites de competencia de las entidades del Gobierno Nacional participantes. 


¿CUAL ES EL OBJETIVO GENERAL DEL PULEP?

Simplificar, centralizar y facilitar los trámites para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas en Colombia.

​¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PULEP?

Desarrollar un portal único para la realización de los trámites de espectáculos públicos de las artes escénicas.
Centralizar y coordinar los trámites a cargo de las autoridades públicas del ámbito nacional y territorial, competentes en la autorización, control y seguimiento a los espectáculos públicos de las artes escénicas.
Disminuir los costos de transacción y facilitar a los productores y operadores de boletería de espectáculos públicos de las artes escénicas, la realización de los trámites y procedimientos de este tipo de eventos.​

¿QUÉ ENTIDADES PARTICIPAN DEL PULEP Y CUÁLES SON SUS COMPETENCIAS?

Ministerio de Cultura

Como ente rector de las artes escénicas en el país, lidera y coordina las actividades requeridas para la difusión, implementación y cumplimiento de la Ley de espectáculos públicos, a través de las siguientes acciones:

Administrar el registro de productores de espectáculos públicos de las artes escénicas en el ámbito nacional.
Autorizar a los operadores de boletería de espectáculos públicos de las artes escénicas, para que adopten la venta de boletería y entrega de derechos de asistencia a través del sistema en línea.
Recaudar la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas, girar estos recursos a los municipios y distritos que la generaron, y hacer seguimiento a su ejecución, que está a cargo de las entidades responsables de cultura de cada alcaldía. La destinación específica de esta contribución es la construcción, adecuación, mejoramiento y dotación de escenarios para la presentación de espectáculos públicos de las artes escénicas.
Orientar a los agentes y organizaciones del sector cultura, en lo referente a la adecuada aplicación de la Ley 1493 de 2011.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN

Tiene a su cargo la fiscalización, los procesos de determinación, aplicación de sanciones y el cobro coactivo de la contribución parafiscal cultural creada por la Ley 1493 de 2011.

Superintendencia de Industria y Comercio –SIC

Es la entidad que salvaguarda los derechos de los consumidores, protege la libre y sana competencia, actúa como autoridad nacional de la propiedad industrial y defiende los derechos fundamentales relacionados con la correcta administración de datos personales.
Es responsable de vigilar la observancia de las disposiciones contenidas en el estatuto del consumidor, Ley 1480 de 2011, en tal virtud tramita las denuncias que se presentan e inicia investigaciones de oficio tendientes a establecer su contravención.

Dirección Nacional de Derecho de Autor

Es la entidad que se encarga del diseño, dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos
Administra el registro nacional de las obras literarias, artísticas, y de los actos o contratos vinculados con el derecho de autor o los derechos conexos.
Ejerce la facultad de inspección y vigilancia sobre las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor y derechos conexos.

Alcaldías municipales y distritales 

Las alcaldías municipales y distritales, a través de la Secretaría de Cultura, Secretaría de Gobierno y Secretaría de Hacienda, tienen las siguientes competencias para la adecuada implementación y cumplimiento de la Ley 1493 de 2011:

Son competentes para autorizar los espectáculos públicos que se realicen en su respectiva jurisdicción.
Son las encargadas de habilitar los escenarios para la presentación de espectáculos públicos de las artes escénicas.
Les corresponde facilitar las condiciones para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas en los parques, estadios y escenarios deportivos de su respectiva jurisdicción.
Tienen a cargo la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas.


REGISTROS EN EL PULEP



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